El ANR va a cubrir como máximo el 70% del proyecto y puede destinarse a:
Asistencia técnica: con cobertura de hasta el 70% de cada actividad. Si la asistencia es sobre mejora medioambiental, puede cubrir hasta el 80%.
Adquisición de bienes de capital relacionados con la asistencia técnica: con cobertura de hasta el 60% del monto de la adquisición. No debe superar el 30% del monto total del ANR. Los bienes adquiridos deben provenir de países elegibles para el BID, en moneda nacional y sin incluir el IVA.
Gastos de legalización o certificación: pueden ser cubiertos en un 100%, con un monto máximo de $15.000.
Gastos de formulación y acompañamiento: pueden ser cubiertos en un 100% con un máximo del 5% del ANR aprobado y un tope de $100.000.