El Gobierno Nacional extiende hasta el 30 de junio de 2022 la emergencia pública en materia ocupacional y dispone un cronograma para reducir de manera gradual la "doble indemnización". En el caso de despido sin causa durante la vigencia del presente decreto, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir, además de la indemnización correspondiente de conformidad con la legislación aplicable, un incremento equivalente al setenta y cinco por ciento (75 %) del monto de la misma, desde el 1º de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022; del cincuenta por ciento (50 %) a partir del 1º de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022 y del veinticinco por ciento (25 %) desde el 1º de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.
Importante: La doble indemnización NO SE APLICA para las contrataciones realizadas con posterioridad al 13/12/2019