El BCRA a través de la Comunicación tipo A 7609 dispone que los agentes económicos que hayan vendido soja en el marco del Programa de Incremento Exportador, no podrán acceder al mercado de cambios para compras de moneda extranjera ni tampoco realizar operaciones con títulos y valores con liquidación en moneda extranjera. Las presentes medidas no aplican a las personas humanas conforme se aclara con la Comunicación tipo A 7610