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Resumen cambios mercado cambiario

Miércoles 16 de Septiembre de 2020

Fundamento.

Dichas medidas son para promover una más eficiente asignación de las divisas; evitar operaciones disruptivas de inversores no residentes sobre los mercados financieros; favorecer el desarrollo del mercado de capitales local; sentar los lineamientos para una renegociación de la deuda privada externa compatible con el normal funcionamiento del mercado de cambios, y priorizar a las pequeñas y medianas empresas en la asignación de créditos para la prefinanciación de exportaciones.»

AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece un mecanismo de percepción a cuenta del pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del 35% para las operaciones de formación de activos externos (FAE) de personas humanas y las compras con tarjetas (débito y crédito) en moneda extranjera.

BCRA - ENTIDADES FINANCIERAS

el BCRA estableció que a partir del 1 de septiembre de 2020 los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual. No habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito) y cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorben el de los meses subsiguientes.

Para no afectar la operatoria habitual, la deducción del límite será aplicada al inicio del mes siguiente a la realización de los consumos con tarjeta de crédito en moneda extranjera. En el caso de que los pagos con tarjeta de un mes resultaran superiores al límite disponible para la Formación de Activos Externos, la deducción será trasladada a los meses subsiguientes hasta completar el monto adquirido.

El BCRA junto a las entidades financieras perfeccionará el control y monitoreo respecto de la capacidad económica y de ingresos requeridos para la apertura de nuevas cuentas bancarias en dólares y se limitará el acceso de cotitulares a la compra de dólares para Formación de Activos Externos.

Títulos valores : El Banco Central pone en marcha una estrategia de normalización financiera, que implicará la eliminación de la posibilidad de que los agentes financieros no residentes lleven adelante operaciones de liquidación de títulos valores contra moneda extranjera, a fin de regular la salida de divisas a través del mercado de capitales local. Además limitará la posibilidad de liquidación local de operaciones con títulos valores realizadas íntegramente en el exterior.

Plazos de tenencia mínima

La CNV elevará los plazos de tenencia mínima que deberán respetar las transferencias receptoras de títulos valores desde el exterior para su liquidación en moneda local hasta los 15 días hábiles.

Se incorporará un requerimiento de liquidación local de las operaciones realizadas por los ALyC (Agentes de Liquidación y Compensación).

Deudas financieras del sector privado en moneda externa

El BCRA estableció los lineamientos bajo los cuales las empresas del sector privado podrán iniciar un proceso de renegociación de sus respectivos pasivos externos, que permita acomodar su perfil de vencimientos a las pautas requeridas

“Invita” a las empresas del sector privado a mantener el proceso de desendeudamiento en moneda extranjera en curso.

Las empresas con vencimientos mensuales superiores a 1 millón de dólares, incorporará un período de gracia para el trámite de las renegociaciones con los acreedores y considerará la posibilidad de la cancelación de hasta el 40% de los vencimientos de capital, en línea con lo realizado por las principales empresas del sector privado.

El BCRA  propone reducir la participación de grandes empresas en las líneas de financiamiento que las entidades financieras ofrecen para la prefinanciación de exportaciones.

La iniciativa apunta a que aquellas grandes empresas con acceso a los mercados de crédito internacional, aprovechen las condiciones, liberando margen de financiaciones para el crédito local de pequeñas y medianas empresas exportadoras.

1. Retención de impuesto a las Ganancias del 35%

AFIP estableció una retención de impuesto a las Ganancias del orden de 35% para dólar ahorro y pago con tarjetas al exterior:

• Será efectiva a partir de este miércoles 16 de septiembre.

• Quien compre dólar ahorro abonará el 30% de Impuesto PAIS y, además sufrirá la retención de Ganancias del 35%.

• Los funcionarios aclararon que los dos porcentajes se aplican sobre el precio del minorista. Es decir que no se acumulan.

2. Quienes no tributen Ganancias deberán reclamar a la AFIP cuando finalice el año calendario

Los ahorristas que no sean contribuyentes de los impuestos a las Ganancias o sobre los Bienes Personales podrán solicitar la devolución del gravamen percibido a la AFIP una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción.

3. Controlarán la apertura de cuentas en dólares

"El BCRA va a establecer e cuáles son las condiciones para la apertura de cuentas bancarias en dólares. La persona que abre una cuenta en dólares va a tener que demostrar ingresos propios como para poder ahorrar en moneda extranjera",

4. No se  podrá abrir una cuenta si se cobra plan social.

Quienes abran cuentas en dólares no pueden ser beneficiarios de ningún plan social .

5. Compras con tarjeta en el exterior, a cuenta de dólar ahorro

El BCRA estableció que a partir del 1 de septiembre de 2020 los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual.

6. Gastos con tarjeta en el exterior n

Si alguien compra por con tarjeta por u$s1.000 no va a poder comprar dólares en el mercado de cambios por 5 meses.

La deducción del límite será aplicada al inicio del mes siguiente a la realización de los consumos con tarjeta de crédito en moneda extranjera. En el caso de que los pagos con tarjeta de un mes resultaran superiores al límite disponible para la Formación de Activos Externos la deducción será trasladada a los meses subsiguientes hasta completar el monto adquirido.

7. Empresas

El BCRA le solicita a las empresas que tengan vencimientos de más de u$s1 millón mensual que presenten un programa de reestructuración de esa deuda. El plan es que se refinancien el 60% de esos vencimientos a 2 años, en promedio.

8. Limitaciones a no residentes

Los no residentes tendrán prohibido llevar adelante operaciones de liquidación de títulos valores contra moneda extranjera.

reducirá la demanda de contado con liquidación en un 50%, por lo que el BCRA espera que tenga un efecto positivo sobre la brecha cambiaria.

9. Parking de 15 días para el contado con liqui

Habrá parking de 15 días para el contado con liquidación, es decir, la transferencia de títulos al exterior adquiridos en pesos.

10. Parking para liquidación de títulos comprados con dólares en el exterior

También habrá 15 días de parking para el que trae un título que compró en dólares en el exterior y lo trae al país para liquidar contra pesos.

En paralelo, se elimina el parking para las operaciones de compra de títulos con moneda extranjera en el mercado local. Aquellas personas que tengan dólares en el mercado local van a poder comprar títulos en dólares y, si quieren, venderlos contra pesos sin parking de 5 días. Esto va a facilitar la compra de residentes.

Resolución AFIP Nro 4815 reglamentó de la percepción del 35 por ciento

El Fisco reglamentó la percepción del 35% a cuenta de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para las operaciones de compra de moneda extranjera.

El dólar tarjeta tendrá un 65% de componente impositivo, entre el Impuesto País y una nueva retención de Ganancias".

No se encuentran sujetos al presente régimen de percepción -que tendrá una alícuota del 35%- los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.

No se incluirá los gastos asociados a proyectos de investigación que se lleven a cabo en el ámbito estatal; y la "adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población".

Las percepciones que se practiquen se considerarán, de acuerdo a la condición tributaria del sujeto pasible, pagos a cuenta de los tributos sobre los Bienes Personales y Ganancias.

En tanto, en el caso de los sujetos pasibles de la percepción, como monotributistas, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realicen compras en moneda extranjera, podrán solicitar el reintegro de la percepción del 35%.

Las percepciones practicadas tendrán, para los sujetos pasibles, el carácter de impuesto ingresado y serán computables en la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias o, en su caso, del impuesto sobre los bienes personales, correspondientes al período fiscal en el cual fueron practicadas.

Para las compras realizadas con tarjetas de crédito y/o débito, la percepción será practicada, según corresponda, al titular, usuario, titular adicional o beneficiario de extensión.

Cuando la percepción sea discriminada en un comprobante a nombre de un sujeto no inscripto ante la AFIP, dicha percepción sólo podrá ser computada en la declaración jurada anual del impuesto a las ganancias por el contribuyente que haya efectuado el pago de dichas operaciones, siempre y cuando el sujeto no inscripto se encuentre declarado como carga de familia y sólo en la proporción correspondiente. En caso contrario  último podrá solicitar la devolución.

En el caso de que las percepciones sufridas generen "saldo a favor en el gravamen", éste tendrá el carácter de "ingreso directo" y "podrá ser aplicado para la cancelación de otras obligaciones impositivas".

Quienes no sean contribuyentes de Ganancias y de Bienes Personales, pero que se les haya practicado las percepciones anunciadas "podrán solicitar la devolución de gravamen percibido una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción". Para ellos deberán informar a la AFIP el CBU de la cuenta bancaria y respetar los términos y condiciones que notifique la Administración a través de su página web.

"En el supuesto de que hubiera percepciones no informadas, el sistema permitirá incorporarlas manualmente, a partir del mes subsiguiente a la fecha en que fueron practicadas (por ejemplo, último día del período correspondiente al extracto bancario, fecha de emisión del resumen y/o liquidación de la tarjeta, fecha del comprobante, factura y/o documento equivalente). En todos los casos se deberá disponer del extracto bancario, resumen, liquidación de la tarjeta, comprobante, factura y/o documento equivalente de que se trate, en el cual conste la percepción que se está informando y, en su caso, la fecha del comprobante.

De aprobarse la solicitud, el monto a devolver será transferido la cuenta bancaria informada ante la AFIP. Caso contrario a la persona se le informará el monto y los motivos del rechazo.

Control de los Bancos

Les exigen a los bancos un control más estricto sobre el origen de los fondos destinados a comprar divisas. Los beneficiarios de planes sociales no pueden acceder al mercado de divisas. A la vez, se requiere la demostración de ahorros en dólares para la apertura de nuevas cuentas, así como se restringe a la adición de cotitulares a las cuentas en dólares, de modo que si dos personas comparten una cuenta en dólares, deberán repartirse entre ambos el cupo de 200 dólares por cuenta.

Además, se suma la coordinación con la AFIP para disuadir la compra de dólar ahorro, ya que retendrá de forma anticipada el 35% del impuesto a las Ganancias sobre el dólar oficial además del 30% del impuesto PAI

Con la CNV también se coordinaron medidas, ya que el Banco Central levantó su parking para la venta de activos en dólares en el mercado local, mientras que  la CNV mantuvo en 5 días la restricción para el acceso de los minoristas residentes mediante venta de títulos en pesos al dólar bolsa, al tiempo que se prohibió la operatoria de salida de divisas mediante el contado con liquidación para los no residentes. A la vez el parking para la venta en pesos de valores adquiridos en el exterior se extendió a 15 días.

Restricciones para las empresas

Actualmente, la deuda privada en moneda extranjera de empresas suma unos 3.300 millones de dólares

. Por eso, Pesce les pide a las empresas con vencimientos mensuales de más de 1 millón de dólares, de acuerdo al nuevo marco normativo, que propongan a sus acreedores una reestructuración de pasivos que reprograme el 60% de los vencimientos en un plazo de 2 años en promedio.

El nuevo marco normativo para el acceso al mercado de divisas incorpora un período de gracia para el trámite de las renegociaciones con los acreedores y considerará la posibilidad de la cancelación de hasta el 40% de los vencimientos de capital.

La estrategia de las empresas que se deshacen lo antes posible de deuda en dólares es resultado de duras lecciones aprendidas, por ejemplo, en la salida de la convertibilidad.

De esa manera, a pesar de ese amable tono de “invitación”, el Banco Central podrá negarle una parte de los dólares a aquellas firmas que tengan que cancelar obligaciones y que éstas deberán reestructurar el saldo que no puedan pagar. La "invitación” del Central incluirá, seguramente, pedirle a muchas de esas empresas que usen los dólares que tienen en el exterior.

Una salvedad importante es que esa decisión se aplicará a las empresas con vencimientos superiores a 1 millón de dólares en un mes. En base a la legislación que el BCRA viene aplicando, con la controversial Comunicación A7030 y sus modificaciones, se entiende que las empresas tendrán asegurado el acceso en el mercado a ese millón de dólares mensual para afrontar sus pagos.

“El marco establecido se enfoca sobre las empresas con vencimientos mensuales superiores a 1 millón de dólares, incorporará un período de gracia para el trámite de las renegociaciones con los acreedores y considerará la posibilidad de la cancelación de hasta el 40% de los vencimientos de capital, en línea con lo realizado por las principales empresas del sector privado”.

Netflix, Spotify y Amazon también se deducirán del cupo de dólar ahorro

Se debe a las medidas anunciadas por el Banco Central de acceso al mercado cambiario. Los servicios de streaming que se abonan en moneda extranjera también ingresa al cupo máximo de 200 dólares mensuales. También incluye a plataformas como Google Drive.

Según una nueva disposición del Banco Central los servicios que se abonan en moneda extranjera como Netflix, Playstation, Spotify, se descontarán del cupo de los 200 dólares al mes.

Prohibición a no residentes

Con respecto a los mercados de títulos y acciones liquidables en pesos y dólares, Pesce explicó que se establecerá "un mecanismo de transparencia para que esas operaciones se realicen en mercados institucionales locales". "Se va a prohibir que los no residentes puedan liquidar títulos con moneda extranjera en los mercados institucionalizados y vamos a establecer una limitación para aquellos que adquieran títulos argentinos en el exterior, o activos financieros, no puedan liquidarlos en pesos en el mercado local".

Parking

La CNV impondrá "un parking de 15 días hábiles para la transferencia de títulos valores adquiridos con pesos" y, a su vez, prohibirá "que las ALyCs (Agentes de Liquidación y Compensación) puedan realizar operaciones por fuera de los mercados institucionalizados del país". Sin embargo, el Banco Central eliminará a partir de mañana el período de espera (parking) para las operaciones de compra de títulos en pesos con moneda extranjera en el mercado local. "Esto va a permitir que los residente con dólares puedan venderlos en el mercado local contra pesos sin parking".

Restricciones a empresas

En cuanto a las compras de dólares de empresas para cancelar obligaciones en el exterior,  que se le pedirá a aquellas empresas con vencimientos de más de US$ 1 millón al mes que "presenten un programa de reestructuración de la deuda" que venza a partir del 15 de octubre. Plantean  se refinancie el 60% de los vencimientos a 2 años de vida promedio.

No postergaciones en el pago de intereses. La intención es que las empresas  presenten un plan de reestructuración, ver si estas presentaciones mejoran el perfil de los vencimientos de la deuda financiera privada"

Dólar Blue

Apreciación del presidente del Banco Central de la República Argentina, Miguel Pesce. Según él, "no me preocupa el valor del dólar blue porque ese es un dólar de delincuentes"

 

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