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Reglamenta la AFIP parte de las decisiones tomadas por el decreto 561-2019 - algunos detalles

Martes 20 de Agosto de 2019

La AFIP reglamentó a través de diferentes resoluciones, las disposiciones del D. PEN 561/2019 

1 - Retenciones del Impuesto a las Ganancias. R.G. AFIP 4546 

Nuevos importes anuales incrementados son los siguientes: 
Ganancia no imponible [art. 23, inc. a)]: $ 103.018,79
Deducción especial [art. 23, inc. c)]: $ 494.490,17 
No se incrementó la deducción de hijos ni de cónyuge. 

Si por aplicación de estos nuevos montos, surgieran saldos a favor del trabajador, los mismos deberán ser restituidos al trabajador en dos cuotas en los meses de septiembre y octubre. 

Ejemplo, puede ser que un trabajador, por aplicación de estas nuevas medidas, tengo una menor retención con el cobro del próximo mes, en otros casos puede ocurrir que producto de este incremento de las deducciones, surja matemáticamente que no le hubiera correspondido tener retenciones en los meses de enero a julio, por ende el importe retenido deberá ser devuelto, en dos cuotas como dice la resolución (septiembre y octubre), esto último ocurrirá en general si el sueldo bruto no supera los $55.000.- en números redondos y dependiendo del resto de deducciones que tenga el trabajador, esto último es importante destacar, que solo es un valor estimado, suponiendo que lo único que puede deducir es la Ganancia No Imponible y la Deducción Especial.
 

ATENCIÓN:  esta medida requiere una ratificación por parte del Congreso Nacional. 

2 – Régimen de Facilidades de Pago. R.G. 4548 AFIP 

Se establece que hasta el 31/12/2019, no se tendrá en cuenta el SIPER para acceder al régimen de facilidades de pago permanente, y se amplía de 6 a 10 la cantidad máxima de planes vigentes a la que pueden acceder las pymes.  Esto significa que aquellos contribuyentes que tenían un SIPER con perfil de riesgo medio o superior podrán acceder a tasa más beneficiosas y mayor cantidad de cuotas. 

Ha trascendido que la AFIP tiene por promulgar otras medidas relativas a planes de facilidades de pago no permanentes, tendientes a flexibilizarlos.

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