Por Resolución General de la Administración federal de Ingresos Públicos 5339, se suspende hasta el 31/12/2023 el certificado de exclusión del régimen de percepción del impuesto a las ganancias y del impuesto al valor agregado en las operaciones de importación definitiva de bienes. Adicionalmente se imposibilita el cómputo de la percepción en los anticipos del impuesto a las ganancias y se limita temporalmente el cómputo de la percepción de IVA. Quedan excluidas del presente tratamiento las siguientes operaciones:
* Importaciones para consumo efectuadas por Micro y Pequeñas empresas que tengan un certificado “MiPyME” vigente al momento de la importación.
* Importaciones para consumo que se realicen por cuenta y orden del Estado Nacional.
* Importaciones para consumo eximidas de impuestos nacionales por la ley de
Presupuesto 2023 –L. 27701-.