Por Resolucion General de la Administracion Federal de Ingresos Públicos 5135/2022, se implementa el “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios” (SIMPES) aplicable a las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas que deban realizar pagos al exterior por cuenta propia o de terceros.
A través del mismo, se realizará una evaluación de la capacidad económica financiera de quienes realizan este tipo de operaciones.
Las presentes disposiciones entrarán en vigencia el día 7/1/2021 y resultan de aplicación incluso para los contratos de servicios celebrados con anterioridad a esa fecha respecto de los cuales existan contraprestaciones monetarias pendientes de cancelación.
SIMPES: Conceptos Básicos
¿Qué es?
El Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios (SIMPES) es una herramienta diseñada para analizar el cumplimiento fiscal y la capacidad económica financiera de los contribuyentes que realicen un pago al exterior por servicios contratados.
1 - ¿Qué es el indicador de Capacidad Económica Financiera – CEF?
Este sistema es una nueva herramienta utilizada por la Administración Federal de Ingresos Públicos para evaluar la capacidad económica/financiera de los contribuyentes.
Para ello se toman en cuenta las declaraciones juradas presentadas y vigentes de impuestos con determinación anual y mensual.
El sistema contempla una fórmula que calcula mensualmente la valoración de la Capacidad Económica Financiera de cada contribuyente, que será considerada representativa de su capacidad para realizar ciertos actos u operaciones financieras.
2 - Sujetos obligados
Están obligadas a utilizar el servicio “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios” (SIMPES) las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas cualquiera sea la forma que adopten, que deban realizar pagos al exterior por cuenta propia o de terceros o actúen como ordenantes del pago, para cancelar obligaciones propias o de terceros, por las operaciones alcanzadas.
3 - Sujetos excluidos
No les será de aplicación el SIMPES a los entes autárquicos, reparticiones, dependencias, etc. del Estado Nacional, así como las instituciones pertenecientes a los estados provinciales o municipales.
Procedimiento:
Los sujetos obligados, deben proporcionar la información solicitada a través del servicio con Clave Fiscal “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios” (SIMPES).
Los datos ingresados revestirán el carácter de declaración jurada y la misma tendrá vigencia durante el mes calendario en el que se realizó.
Validaciones:
Una vez ingresados los datos solicitados por el sistema, a efectos de generar la respectiva declaración SIMPES, esta Administración Federal analizará:
La situación del sujeto a partir de la información disponible en sus registros. En el caso que se detectaren incumplimientos o irregularidades formales se solicitará que los mismos sean subsanados, a efectos de avanzar en la generación de la declaración SIMPES.
La capacidad económica financiera del sujeto mediante el “Sistema de Capacidad Económica Financiera” (Sistema CEF) . De no superar dicho control podrá solicitar un reproceso o manifestar su disconformidad, según lo establecen los artículos 8° y 9° de la Resolución General N.º 4924.
Estados de la declaración SIMPES:
Aprobada
El sujeto cumple satisfactoriamente con todos los controles requeridos. De no concretarse o modificarse los términos de la operación, la declaración SIMPES no podrá ser anulada, debiendo realizarse, de corresponder, un nuevo ingreso de información, al que se le aplicarán dichos controles.
No Aprobada
El sujeto no cumple satisfactoriamente con al menos uno de los controles requeridos.
Universo próximo proceso CEF
El sujeto pagador no posee una valoración de la Capacidad Económica Financiera (CEF) calculada para ese mes en curso. En este caso, se lo incluirá en el universo del proceso CEF del próximo mes.
Quienes realicen pagos al exterior por los siguientes conceptos de servicios están obligados a realizar una solicitud a través de SIMPES.
No obstante, podrán determinarse montos mínimos para los que no será de aplicación el Sistema.
CODIGOS
S01 Mantenimiento y reparaciones
S04 Otros servicios de transportes
S05 Servicios postales y de mensajería
S07 Servicios de construcción
S08 Primas de seguros
S09 Siniestros
S10 Servicios auxiliares de seguros
S11 Servicios financieros
S12 Servicios de telecomunicaciones
S13 Servicios de informática
S14 Servicios de información
S15 Cargos por el uso de la propiedad intelectual
S16 Servicios de investigación y desarrollo
S17 Servicios jurídicos, contables y gerenciales
S18 Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública
S19 Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos
S20 Servicios de arrendamiento operativo
S21 Servicios relacionados con el comercio
S22 Otros servicios empresariales
S23 Servicios audiovisuales y conexos
S24 Otros servicios personales, culturales y recreativos
Quienes realicen pagos al exterior por los siguientes conceptos de servicios no están obligados a realizar una solicitud a través de SIMPES.
S02 Servicios de fletes
S03 Servicios de transporte de pasajeros
S06 Viajes y otros pagos con tarjetas
S25 Servicios del gobierno
S26 Servicios de salud por empresas de asistencia al viajero
S27 Otros servicios de salud
Guia paso a paso, https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiasPasoPaso/VerGuia.aspx?id=408